lunes, 12 de marzo de 2012


¿QUÉ ENTENDEMOS POR ESTADO DEL BIENESTAR?
Aunque durante el siglo XIX se produjeron importantes movimientos en favor de los nuevos ideales humanitarios propugnados por la Revolución Francesa, no fue hasta después de la Segunda Guerra Mundial cuando las potencias vencedoras redactaron la Declaración de los Derechos Humanos. Esta Declaración, aprobada por la Asamblea General de la ONU en 1948, defiende, entre otros derechos, que “todas las personas son iguales ante la ley y otorgan garantías legales a los ciudadanos sin distinción de raza, color, sexo... origen nacional o social, posición económica o cualquier otra condición” (art. 20), al tiempo que muestra un evidente interés por los problemas de justicia social y por la igualdad de oportunidades.
Gracias a la difusión de los derechos humanos y del principio de igualdad de oportunidades es cada vez mayor el sector de población que reclama la satisfacción de sus derechos por el hecho de vivir en un Estado social y de Derecho. Fruto de este continuo proceso de adquisición de conciencia social se reivindica que estos derechos sean una realidad y no un mero redactado en el máximo ordenamiento jurídico. La justificación más clara y evidente del educador social como profesional, proviene, en las sociedades industrializadas, del deseo político y social de conseguir este objetivo.
Ese marco referencial general es la Sociedad del Bienestar, y su aplicación concreta da lugar al Estado del bienestar.

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